6 sept 2018

La prestación por paternidad desde 05-07-2018 tiene una duración de 5 semanas.


Sus principales características son:
  • Es independiente de la licencia retribuida por nacimiento de hijo, que es de 2 a 4 días naturales según el Convenio Colectivo de aplicación en la empresa.
  • En caso de parto múltiple o discapacidad se amplía el permiso.
  • Es posible disfrutar el permiso de paternidad mientras dura el permiso de maternidad o inmediatamente después de éste.
  • No se puede fraccionar su disfrute. El disfrute es de 5 semanas ininterrumpidas, salvo la última semana del periodo total a que se tenga derecho, que, previo acuerdo entre empresario y trabajador, puede disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo.
  • Se puede disfrutar a tiempo parcial. La paternidad será por una jornada mínima del 50%. Debe pactarse entre empresa y trabajador. El régimen de jornada elegido debe ser el mismo para todo el periodo de suspensión, incluido, en su caso, el de disfrute independiente de la última semana.
  • El permiso lo disfruta únicamente el padre, no puede ser cedido a la madre.
  • Parte del permiso de maternidad sí puede ser cedido al padre.
  • La Seguridad Social abona el salario al trabajador. Es el 100% de su base de cotización.
  • La empresa paga la cotización.
  • Si el trabajador es sustituido será bonificable el 100% de la cotización del sustituido y del sustituto. El trabajador sustituto debe ser desempleado y la empresa debe estar al corriente con la administración. En este caso será coste solo el salario del sustituto.

Las principales diferencias con respecto a la prestación de paternidad anterior son:
PATERNIDAD ACTUAL
PATERNIDAD ANTERIOR
Aplicable a nacimientos/adopcionesA partir de 05-07-2018.Hasta 04-07-2018
Duración5 semanas4 semanas
DisfruteEl disfrute es de 5 semanas ininterrumpidas, salvo la última semana del periodo total a que se tenga derecho, que, previo acuerdo entre empresario y trabajador, puede disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo.El disfrute es de 4 semanas ininterrumpidas.
JornadaSe puede disfrutar a tiempo parcial. La paternidad será por una jornada mínima del 50%. Debe pactarse entre empresa y trabajador. El régimen de jornada elegido debe ser el mismo para todo el periodo de suspensión, incluido, en su caso, el de disfrute independiente de la última semana.Se puede disfrutar a tiempo parcial. La paternidad será por una jornada mínima del 50%. Debe pactarse entre empresa y trabajador. Pueden existir varios tipos de jornadas durante el periodo de suspensión.

16 abr 2018

Bulegune y Huelga de Oficinas y Despachos de Bizkaia

Desde el 9 de abril está en la Plaza del Arriaga el Bulegune de Oficinas y Despachos de Bizkaia, que junto con multitud de actividades pretende dar a conocer los problemas del sector en todos los ámbitos de la sociedad.
Bulegune es un punto de encuentro y debate público, en el que todos los trabajadores de este sector puedan debatir sobre la situación del convenio y hacer visible la lucha de los trabajadores y trabajadoras del sector de oficinas y despachos de Bizkaia.



Entre otros actos se están realizando:
·         Día 10: Participación del movimiento pensionista, su lucha por las pensiones y su lucha cuando eran trabajadores y trabajadoras. Como ven la situación actual.
·         Día 11 y 18: Concentración de delegadas y delegados.
·         Día 14: Poteo popular
·         Día 16: Se invitará a los partidos políticos que quiera participar a dar su visión sobre la situación socio laboral actual de las y los trabajadores en Bizkaia.
·         Día 17: Movimiento feminista. Desarrollo de la lucha feminista. Su visión de la lucha de las y los trabajadores.
·         Día 19: Mosaico por el convenio de oficinas y despachos de Bizkaia.
·         Día 20: Tertulia de los sindicatos sobre la situación laboral actual y sobre la lucha por el convenio de oficinas y despachos de Bizkaia.
·         Dia 23: Acto especial por el día del libro
·         Día 25 y 26: HUELGA.





15 mar 2018

Manifestación por unas Pensiones Dignas - 17 de Marzo

Toda la sociedad vasca está convocada este sábado, 17 de marzo, a unirse a las reclamaciones que desde hace meses vienen realizando los pensionistas: unas pensiones dignas, públicas y actualizadas al coste real de la vida (IPC), así como una pensión mínima de 1.080 euros al mes, y una reforma de la legislación respecto a este tema.
Desde el inicio de año, cada lunes, miles de pensionistas han llenado las calles de capitales y pueblos para protestar contra la "mísera" subida del 0,25 %  que el Gobierno español ha aplicado este 2018.
La manifestación  del 17 de marzo pretende ir más allá ya que se convoca, no solo a los pensionistas y jubilados, sino a "toda la población", especialmente a los jóvenes. Así, se ha elegido un día —un sábado— y un horario asequible para todos los públicos: todas las marchas, a excepción de la de Vitoria-Gasteiz (12:00 horas), tendrá lugar a la tarde.
El   horarios y recorrido   de las manifestación del 17 de marzo en Bilbao es el siguiente:
BILBAO: Ayuntamiento, 17:00 horas. Recorrido: Ibañez de Bilbao, Alameda Mazarredo, Gran Vía, Sagrado Corazón.



9 ene 2018

Tablas de retención de IRPF 2018 Bizkaia

El Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 152/2017 (BOB 29/12/2017), ha modificado los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo
Se modifican los apartados 1 y 4 del artículo 88 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 47/2014, de 8 de abril, quedando redactados de la siguiente forma:

8 ene 2018

Bases de cotización 2018

La base máxima de cotización se congelará para 2018 en 3.751,2 euros (con el objetivo de contener la cuantía de las pensiones máximas futuras) y la base mínima de cotización se incrementará en un 4% (el mismo porcentaje que el salario mínimo interprofesional para 2018).

TOPES MÁXIMO Y MÍNIMO DE LAS BASES DE COTIZACIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2018
Tope Mínimo  (euros/mes): 858,60 (incremento del 4% sobre cantidades del año 2017 en función del SMI 2018)
Tope Maximo(euros/mes): 3.751,20

BASES DE COTIZACIÓN PARA CONTINGENCIAS COMUNES EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2018

Las bases mensuales de cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas por el Régimen General de la Seguridad Social, exceptuadas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estarán limitadas, para cada grupo de categorías profesionales, por las bases mínimas y máximas siguientes:

IMPORTANTE:
GRUPOS DEL 1 AL 7: La base de cotización tendrá carácter mensual y cotizarán siempre por 30 días.
GRUPOS DEL 8 AL 11: La base de cotización será diaria y cotizarán por días naturales que tenga el mes que se liquida (28, 29, 30 o 31 días)
GRUPOS DEL 8 AL 11 CON REMUNERACIÓN MENSUAL: Se permite la homologación de las bases y topes de cotización a 30 días durante los 12 meses del año.